|
El régimen de Propiedad Horizontal -o propiedad por
pisos, apartamentos, urbanizaciones, etc.-, con su regulación
propia y específica, es fuente y origen de numerosas
contiendas vecinales. Los impagos de cuotas de comunidad,
discordias por el uso y disfrute de elementos comunes, realización
de obras o mejoras en la finca, y un largo etcétera,
son a menudo el origen de conflictos entre los miembros de
una comunidad de propietarios.
En esta materia procuramos siempre, cuando sea posible,
buscar soluciones consensuadas por toda la comunidad. Sólo
así se evitan enfrentamientos personales entre quienes
en definitiva conviven en la misma finca o urbanización.
De no ser posible, nuestro ordenamiento pone a disposición
de los interesados eficaces mecanismos de defensa, tanto
para defender a la comunidad de aquellos propietarios abusivos,
como para proteger a determinados propietarios frente a abusos
del resto de la comunidad.
|